jueves, 24 de septiembre de 2020

CABALLEROS VEINTICUATRO



    A veces pensamos que la composición de los ayuntamientos nunca ha sido democrática hasta la llegada de la Constitución del 78 y no reparamos que a veces la designación de los miembros que componen las corporaciones locales, aunque estaban tuteladas por la “autoridad”, que podía ser el rey, el virrey, el señor de la villa, etc., también tenían miembros elegidos libremente entre las clases más desfavorecidas.

    La necesidad de introducir en los ayuntamientos, cabildos y concejos una limitación a los poderosos es muy antigua y viene desde que las ciudades y villas se van haciendo cada vez más fuertes en la gestión de sus propios recursos.

    A finales del siglo XV la ciudad más importante de Castilla era Sevilla que estaba gobernada por una asamblea llamada Cabildo, nombre con el que sigue conociendo a la corporación municipal.

    Esta asamblea se reunía tres días a la semana y estaba compuesta por los alcaldes mayores, el alguacil mayor, los regidores y los jurados.

    Estos dos últimos grupos estaban formados por una mezcla heterogénea integrada por los alcaldes de la tierra y los de justicia, los fieles ejecutores y “los caballeros veinticuatro”.

    ¿Quienes eran estos caballeros? Para saberlo hay que remontarse en la historia y dar marcha atrás un par de siglos.

    Alfonso X, llamado El Sabio, se percató del desbarajuste que la falta de una gobernabilidad coherente estaba produciendo en una ciudad tan poblada y próspera como Sevilla, recién conquistada por su padre Fernando III y así, dispuso que las veinticuatro “collaciones” en las que estaba dividida la ciudad eligieran entre sus ciudadanos a dos jurados cada una.

    Collación es una palabra que está en desuso, pero fue muy utilizada en tiempos anteriores y su traslación al significado actual sería el de barrio.

    Su hijo, Sancho IV, dio forma definitiva a la fórmula de su padre y en 1286 aprobó la propuesta del concejo sevillano de que doce nobles y doce ciudadanos del pueblo llano fueran integrados en el gobierno de la ciudad.

    De ahí viene su nombre y aunque en la realidad no eran veinticuatro, sino el doble, la elección se producía entre dos estamentos muy concretos de cada una de las veinticuatro collaciones, pues se nombraba un representante entre las clases altas y otro entre la burguesía o los gremios y en donde se integraban también algunas clases menos protegidas, como judíos neoconversos. 

    Su designación real convertía en vitalicio el oficio que habían de desempeñar, lo que los apartó de la ciudadanía, creándose al final una nueva oligarquía.

    Su labor era fundamentalmente la fiscalización de las actuaciones del concejo y la defensa de los ciudadanos y sus intereses. Tenían voz, pero no tenían voto en las reuniones de los ayuntamientos.

    A finales del siglo XV, momento en el que estábamos situados más arriba, había en Sevilla sesenta y cinco jurados, pues la ciudad había crecido enormemente.

    Pero había un gran problema y es que la ciudad tenía un dueño.

    Un noble que ejercía toda su autoridad sin acatar la autoridad real ni ninguna otra que no fuese la suya propia. Este noble era el poderoso duque de Medina Sidonia, don Enrique de Guzmán, que rivalizaba con otro poderoso, Rodrigo Ponce de León, marqués de Cádiz.

    Tras la pugna entre las dos casas, el de Medina Sidonia comenzó a gobernar la ciudad a su antojo y la floreciente Sevilla empezó a caer en una etapa de verdadera descomposición.

  La corrupción llegaba todos los rincones de la ciudad con claro enriquecimiento del duque y sus gentes y perjuicio de la corona y del pueblo llano, pero esa situación de privilegio se acabó con la llegada al trono de los Reyes Católicos, pues estos se propusieron como primera medida, visitar las ciudades más importantes de Castilla y asegurar su sometimiento efectivo a la autoridad de los monarcas.

    En Sevilla fue primordial liberar la dependencia que tenía del duque de Medina Sidonia y como primera medida dispusieron que éste, el marqués de Cádiz y algunos otros señores importantes de la baja Andalucía, no volvieran a pisar ninguno de los pueblos dependientes de la ciudad y su cabildo.

    La ciudad estaba fuertemente protegida por numerosas fortalezas situadas tanto en el interior de las murallas, como extramuros y, naturalmente, todas estaban en manos de la nobleza, por lo que recuperarlas se hizo vital. 

Ayuntamiento de Sevilla en grabado de la época

    La segunda medida fue la de prohibir que lugartenientes de alcaldes mayores, de alguacil mayor y otros oficios con los que la nobleza se había introducido en la vida política de la ciudad, concurrieran a las reuniones del cabildo, obligándoles a dedicarse a las labores que tenían encomendadas que no eran otras que la justicia, la paz urbana, la limpieza y otras cuestiones menores.

    Por el contrario, fueron incorporando al gobierno municipal sevillano a más de cuarenta nuevos caballeros veinticuatro, elegidos entre personas de su confianza en sustitución de los que iban falleciendo, pues al ser cargos vitalicios, solamente la muerte solucionaba el problema.

    En pocos años más de la mitad de los regidores de la ciudad eran nuevos en su oficio y todos marcados por el común denominador de fidelidad a la corona.

    Un veinticuatro venía a ser lo que hoy entenderíamos como concejal y desde su inicial creación para Sevilla se extendió a otras ciudades de Andalucía como Granada, Baeza, Úbeda, Jaén, Córdoba y Jerez de la Frontera y algunas castellanas como Salamanca y Palencia, donde se los conoció con el mismo nombre.

    Pero se produce el descubrimiento de América y Sevilla se convierte en la entrada de todas las riquezas procedentes del Nuevo Mundo y donde hay dinero, ya se sabe, comienza la corrupción.

    En la época de Felipe II, con la Casa de Contratación funcionando a pleno rendimiento, el dinero corría por las calles de la ciudad, pero la corrupción era tal que hasta se produjeron los primeros “grafitis” en murallas sevillanas, alertando del desorden y mal gobierno que imperaba en la ciudad.

    Se había llegado al caso de que determinados cargos del cabildo eran comprados de forma vitalicia y entre ellos los de los caballeros veinticuatro. Una práctica ya muy antigua que se había realizado incluso en el seno de la Iglesia y que se conocía como “simonía” o venta de cargos religiosos.

    El desbarajuste era tal que resultaba imposible tomar ninguna determinación jurídica, porque siempre había otra norma que se le enfrentaba y si no la había se confeccionaba al momento, así que la corona decidió hacer una recopilación de todas las leyes, ordenanzas municipales y disposiciones de todo tipo que se habían ido promulgando desde la reconquista de la ciudad y en 1527 se publicó por el cabildo de la ciudad lo que sería la primera recopilación de normas y jurisprudencia que hicieran posible adoptar acuerdos dentro de ese marco jurídico.

    Otra cualidad de esa recopilación fue la descripción rigurosa de las funciones que correspondían a cada uno de los cargos que componían el cabildo municipal, así como la creación novedosa del cargo de “Asistente”, nombrado por el rey que participaba en la administración de la justicia y en la política de la ciudad, de la que, como única circunstancia, el designado no podía ser vecino. 

El Libro de Ordenanzas de Sevilla 

    Como es natural, esta figura fuel alcanzando una gran influencia y poder, fácil también de corromperse, pero al tener por encima solamente al rey, su desviación ya se sabe lo que suponía.

    El siguiente cargo en influencia era el Alguacil Mayor, al que también nombraba el rey y que también debía ser forastero en aquella ciudad y que a su vez, nombraba una especie de brazo ejecutor de sus órdenes que eran los Aguaciles a Caballo.

    Habían después cuatro Alcaldes Mayores, elegidos entre letrados y los alcaldes ordinarios y a inferior nivel estaban los “regidores”, los “Caballeros Veinticuatro” que mantuvieron ese nombre aunque su composición fue aumentando constantemente.

    Estos, que siglos más tarde se empezaron a llamar “representantes del común”, tenían un campo de actuación amplísimo que iba desde la fijación de los impuestos, el funcionamiento de los mercados o las prisiones, urbanismo, etc.

    Pero la corona, tan inmensamente rica por momentos como pobre las más de las veces, necesitaba una fuente de ingresos constantes para mantener los frentes que durante tres siglos tuvo abiertos y esta necesidad de financiación la suplía como en el refrán: volviendo la burra al trigo y a finales del siglo XVII, por unos ocho mil ducados se compraba un cargo de caballero veinticuatro.

   Después de esta última fase, ya podemos imaginarnos lo que sucedería: visitas a los clubs de alterne de la época (tablaos, corral de comedias, etc.), mariscadas, borracheras, “pagarés black”…

    En fin, nada nuevo bajo este cielo andaluz tan bello. 



1 comentario: